Con 16 votos a favor, 4 en contra y 5 abstenciones, el grupo de trabajo que preside Martha Moyano (Fuerza Popular) aprobó por mayoría texto que modifica el artículo 99 de la Constitución.

Artículo que también incluye que los miembros del Pleno del JNE puedan ser acusados. Ahora la iniciativa, que ha sido blanco de cuestionamientos, deberá ser elevada para su debate en el Pleno del Congreso.

El dictamen propone incorporar en el procedimiento de acusación constitucional a los titulares del Sistema Electoral, es decir, a los miembros del pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE); y a los jefes de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec). 

La propuesta, que reúne la propuesta de seis proyectos de ley, plantea la modificación del artículo 99 de la Constitución Política del Perú, a fin de que quede redactada de la siguiente manera:

"Artículo 99.- Corresponde a la Comisión Permanente acusar ante el Congreso: al Presidente de la República; a los miembros del Congreso; a los Ministros de Estado; a los miembros del Tribunal Constitucional; a los miembros de la Junta Nacional de Justicia; a los jueces supremos; a los fiscales supremos; al Defensor del Pueblo; al Contralor General; a los miembros del pleno del Jurado Nacional de Elecciones; al jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales; y al jefe del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil por infracción de la Constitución y por todo delito que cometan en el ejercicio de sus funciones y hasta cinco años después de que hayan cesado en éstas".

También se agrega una disposición complementaria para que el artículo se adecúe al nuevo Congreso Bicameral.

¿Qué cambios implica esta propuesta?
Para el abogado constitucionalista Erick Urbina, la propuesta establece que los titulares del Sistema Electoral podrán ser acusados constitucionalmente y sometido al juicio político, además de contar con el antejuicio político.De acuerdo al experto, incorporar a dichos funcionarios a un proceso como este podría conducirlos a una posible separación del cargo o a su inhabilitación temporal para ejercer una función pública.

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