JNE publicó resolución en base a la norma aprobada por el Congreso de la República.

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) estableció que los partidos políticos que quieran inscribirse en el Registro de Organizaciones Políticas (ROP) deberán cumplir con el requisito de presentar un total de 531,412 firmas de adherentes, según lo dispuesto en la Ley N°31981 aprobada por el Congreso de la República.

A través de una nota de prensa, el organismo electoral informó que esa cifra equivale al 3 % de los ciudadanos que sufragaron en las últimas elecciones de carácter nacional, realizadas en el 2021, tal como prescribe el literal H del artículo 5 de la Ley de Organizaciones Políticas. En esos comicios votaron 17′713,716 ciudadanos.

La resolución del JNE también estableció el número mínimo de adherentes que se requiere para la inscripción de movimientos regionales, el cual corresponde al 5% de los votantes de los últimos comicios de carácter nacional, tomando como referencia el total de ciudadanos que votaron el 2021 en cada una de las circunscripciones electorales correspondientes al ámbito de acción de estas agrupaciones políticas.

Como se conoce, a mediados de diciembre del 2023 el Congreso aprobó por una amplia mayoría la norma que elimina las PASO (Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias), lo cual se consideró un retroceso en la reforma electoral. Antes de ello, para inscribir un partido político solo se requería contar con un porcentaje de firma de afiliados, pero no de adherentes. Las agrupaciones que deseen inscribirse ahora deberán cumplir con ambos requisitos.

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